domingo, 29 de noviembre de 2009

El problema no está en los minaretes


En Suiza se acaba de aprobar por referéndum que las mezquitas no podrán tener minaretes. Piensan que así evitarán la islamización del país. Lo que no saben es que así no les será tan evidente esa islamización. Y el susto, si las cosas no cambian, será mayor.
Creo que Europa está perdiendo su identidad. No me alegra ver que proliferan mezquitas en países que hasta hace poco eran mayoritariamente cristianos, pero están en su derecho. Igual que la religión no puede ser nunca motivo para restringir la inmigración. Eso sí, los países que acogen tienen derecho a exigir al inmigrante el respeto al sistema legal y a la cultura.
Por otra parte no es justo que en muchos países de mayoría musulmana se prohíban o dificulten la práctica de la fe cristiana. Algo más serio que prohibir torres o sonido de campanas. Pero eso no justificaría que nos igualaramos cometiendo nosotros las mismas injusticias.
Impedir manifestaciones de la libertad religiosa no es una solución, es crear un nuevo problema. Ahora ha ganado la propuesta de la derecha nacionalista. En unos años se revocará esta propuesta con un nuevo referéndum, porque el problema está en que la decadente y descreída Europa no crece demográficamente porque no tiene hijos y los musulmanes, con una visión trascendente de la vida, sí.
El problema no está en lo minaretes, sino en que los europeos no tienen hijos.
Y se asustan ante el dato ineludible del vuelco demográfico. Ahí está la solución, no en echar la culpa a los otros.

sábado, 28 de noviembre de 2009

Según la nueva ley del aborto ¿es o no es un derecho?



Los cínicos no sirven para este oficio es el título de un libro de Ryszard Kapuscinski que trata sobre el buen periodismo.
Cínico es un calificativo que se usa con frecuencia. Sin embargo cuando he preguntado a algún amigo si sabe qué significa exactamente ser cínico, casi nunca han acertado a dar una definición correcta. Dice el Diccionario de la Real Academia Española que cinismo es la desvergüenza en el mentir o en la defensa y práctica de acciones o doctrinas vituperables. Un ejemplo de cinismo es afirmar solemnemente una cosa cuando lo normal es que el que habla sabe que no es verdad.
En un artículo dice José Bono, presidente del legislativo, el organo que aprueba las leyes, alguien que (se supone que) sabe qué dicen los proyectos de ley:
"El aborto no es un bien ni un derecho. (…) En su actual redacción queda claro que no hay un derecho fundamental al aborto. En ningún sitio del proyecto podrá encontrarse tal formulación. No es un derecho porque como dice Peces-Barba "los derechos se basan y buscan bienes, nunca males".

No digo que José Bono sea un cínico. Pero el artículo donde afirma esto es un ejemplo de cinismo. Es posible que muchos no hayan leído el texto completo del proyecto de Ley del Aborto aprobado antes de ayer en el Parlamento. De hecho he comprobado que muchos ciudadanos manifiestamente pro-vida no lo conocen. Lo que es impensable que el Presidente del Congreso no lo conozca. Además en el artículo afirma que la ha leído.
Por supuesto, nadie en el PSOE ha dado la razón al presidente del Congreso. Su silencio es elocuente: "ya se sabe, cosas de Bono"

He buscado el texto de la Ley en internet y es curioso que con todo lo que se ha hablado en los medios, no haya sido sencillo encontrarlo. El proyecto de ley trata en muchas ocasiones el aborto como un derecho:
- "derecho a tener el control y a decidir libre y responsablemente sobre su sexualidad, incluida la salud sexual y reproductiva" (Exposición de motivos, I)
- "La ley aborda la protección y garantía de los derechos relativos a la salud sexual y reproductiva de manera integral" (Exposición de motivos, I)
- "la conciencia social mayoritaria que reconocía la relevancia de los derechos de las mujeres en relación con la maternidad, despenalizó ciertos supuestos de aborto" (Exposición de motivos, II)
- "La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, en su Resolución 1607/2008, de 16 abril, reafirmó el derecho de todo ser humano, y en particular de las mujeres, al respeto de su integridad física y a la libre disposición de su cuerpo y en ese contexto, a que la decisión última de recurrir o no a un aborto corresponda a la mujer interesada" (Exposición de motivos, II)
- "La vida prenatal es un bien jurídico merecedor de protección que el legislador debe hacer eficaz, sin ignorar que la forma en que tal garantía se configure e instrumente estará siempre intermediada por la garantía de los derechos fundamentales de la mujer embarazada" (Exposición de motivos, II)
- "La presente ley reconoce el derecho a la maternidad libremente decidida, que implica, entre otras cosas, que las mujeres puedan tomar la decisión inicial sobre su embarazo y que esa decisión, consciente y responsable, sea respetada. El legislador ha considerado razonable, de acuerdo con las indicaciones de las personas expertas y el análisis del derecho comparado, dejar un plazo de 14 semanas en el que se garantiza a las mujeres la posibilidad de tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción del embarazo, sin interferencia de terceros" (Exposición de motivos, II)
- "Objeto. Constituye el objeto de la presente ley orgánica garantizar los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, regular las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y establecer las correspondientes obligaciones de los poderes públicos" (Artículo 1)
- "En el ejercicio de sus derechos de libertad, intimidad y autonomía personal, todas las personas tienen derecho a adoptar libremente decisiones que afectan a su vida sexual y reproductiva sin más límites que los derivados del respeto a los derechos de las demás personas y al orden público garantizado por la Constitución y las Leyes"(Artículo 3.1)
- "Garantía de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. Se garantiza el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en las condiciones que se determinan en esta ley. Estas condiciones se interpretarán en el modo más favorable para la protección y eficacia de los derechos fundamentales de la mujer que solicita la intervención, en particular, su derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la vida, a la integridad física y moral, a la intimidad, a la libertad ideológica y a la no discriminación" (Artículo 12)
- "Garantía del acceso a la prestación. Los servicios públicos de salud, en el ámbito de sus respectivas competencias, aplicarán las medidas precisas para garantizar el derecho a la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo en los supuestos y con los requisitos establecidos en esta ley. Esta prestación estará incluida en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud"(Artículo 18)

Los cínicos tampoco sirven para el oficio de político. Cuando se apruebe definitivamente la ley de nada servirá decir: pues Bono decía que no es un derecho. Si la cosas no cambia, en unos años casi nadie se acordará de quien es Bono y la ley seguirá diciendo a gritos que es un derecho.

PS_ Merece la pena leer la réplica a Bono por parte de la presidenta del Parlamento Vasco

viernes, 13 de noviembre de 2009

Ya van 31 estados USA que votan proteger matrimonio hombre-mujer


En Estados Unidos el estado de Maine ha rechazado en referémdum una ley aprobada por el parlamento que autorizaba el matrimonio entre personas del mismo sexo. El pasado 3 de noviembre una mayoría del 53% de los votantes de este estado norteamericano han logrado una nueva victoria frente al movimiento pro-matrimonio gay que, como señala el New York Times tenía "mucho más dinero y muchos más voluntarios” y jugaba en terreno favorable, pues “Nueva Inglaterra ha sido más receptivo al matrimonio homosexual que ninguna otra región de Estados Unidos”.
Ya casi no es noticia que cuando se consulta al pueblo, éste rechace que el matrimonio pueda ser entre personas del mismo sexo. Ya se ha votado en 31 estados y los 31 han dicho SÍ a que el matrimonio esté formado entre hombre y mujer. Con Maine ya son 43 estados (de un total de 50) los que prohíben el matrimonio homosexual: 29 por enmienda constitucional y 14 por ley común. Es curioso que en la edición digital de El País no siquiera lo destaca en titulares y lo pone al final de una noticia en que se habla del alcalde de Nueva York, como quien constata algo ya rutinario.
En España parece que no tenemos una tradición democrática suficientemente asentada que permita consultar al pueblo temas de entidad como éste. Se consultan otros como la Cosntitución Europea o el Estatuto Andaluz, con unos nada ilusionantes datos de participación del 42% y 36% respectivamente.
En la campaña, los defensores del matrimonio han logrado desmontar el argumento de que los homosexuales están discriminados. Uno de los anuncios publicitarios que crearon para la televisión (el que aparece arriba subtitulado en español) insistía en que, actualmente, Maine puede reconocer los derechos civiles de todos los ciudadanos sin necesidad de cambiar la definición legal del matrimonio.

martes, 10 de noviembre de 2009

Más sobre complicaciones psiquiátricas del aborto


Una publicación de profesores de Psiquiatría de la Universidad de Granada recoge varios estudios sobre COMPLICACIONES PSIQUIÁTRICAS DEL ABORTO (enlace)
Uno de ellos es el realizado (recojo textualmente) por “Fergusson y otros en una cohorte neozelandesa evaluada repetidamente hasta la edad de 30 años, controla todas las potenciales variables contundentes requeridas por otros expertos y distingue cuatro grupos de mujeres según el tipo de evento obstétrico (aborto inducido, pérdida del embarazo, embarazo no deseado llevado a término y embarazo a término sin rechazo) y las compara con las mujeres sin embarazo. Supone un refinamiento mayor y 5 años más de seguimiento de las participantes que su estudio de 2006. El estudio de 2008 confirma el de 2006 y concluye que la experiencia del aborto inducido se asocia a un modesto pero significativo aumento de las tasas de trastornos mentales.”
Comparando los casos de aborto con los de embarazo que se lleva a término, tanto si era desaeado como si no, concluye: “Ninguno de los dos grupos de embarazo llegado a término, el no deseado y el deseado, muestra asociación con un aumento significativo de la tasa de trastorno mental” Así podría resumirse el riesgo relativo de enfermedad mental:
EMBARAZO NO DESEADO seguido de aborto provocado: 1,37
EMBARAZO NO DESEADO seguido de nacimiento del hijo: 1,11
EMBARAZO DESEADO seguido de nacimiento del hijo: 0,93

La publicación aporta otros estudios científicos realizados en Estadios Unidos, Noruega, California y Finlandia.
Si, como anuncia el proyecto de ley del aborto, se debe explicar a las mujeres que se plantean abortar las consecuencias que tiene para su salud someterse a un aborto, se les debería informar claramente de esas consecuencias.
Como muchas son menores, muy jóvenes, con un sector considerable de personas sin estudios, las explicaciones deben ser perfectamente comprensibles.
Todo eso en relación a su propia salud, sin tener en cuenta la injusticia que supone quitar la vida a su propio hijo, que, como se puede deducir, es precisamente el origen de esos trastornos.