Los cínicos no sirven para este oficio es el título de un libro de Ryszard Kapuscinski que trata sobre el buen periodismo.
Cínico es un calificativo que se usa con frecuencia. Sin embargo cuando he preguntado a algún amigo si sabe qué significa exactamente ser cínico, casi nunca han acertado a dar una definición correcta. Dice el Diccionario de la Real Academia Española que cinismo es la desvergüenza en el mentir o en la defensa y práctica de acciones o doctrinas vituperables. Un ejemplo de cinismo es afirmar solemnemente una cosa cuando lo normal es que el que habla sabe que no es verdad.
En un artículo dice José Bono, presidente del legislativo, el organo que aprueba las leyes, alguien que (se supone que) sabe qué dicen los proyectos de ley:
"El aborto no es un bien ni un derecho. (…) En su actual redacción queda claro que no hay un derecho fundamental al aborto. En ningún sitio del proyecto podrá encontrarse tal formulación. No es un derecho porque como dice Peces-Barba "los derechos se basan y buscan bienes, nunca males".
No digo que José Bono sea un cínico. Pero el artículo donde afirma esto es un ejemplo de cinismo. Es posible que muchos no hayan leído el texto completo del proyecto de Ley del Aborto aprobado antes de ayer en el Parlamento. De hecho he comprobado que muchos ciudadanos manifiestamente pro-vida no lo conocen. Lo que es impensable que el Presidente del Congreso no lo conozca. Además en el artículo afirma que la ha leído.
Por supuesto, nadie en el PSOE ha dado la razón al presidente del Congreso. Su silencio es elocuente: "ya se sabe, cosas de Bono"
He buscado el texto de la Ley en internet y es curioso que con todo lo que se ha hablado en los medios, no haya sido sencillo encontrarlo. El proyecto de ley trata en muchas ocasiones el aborto como un derecho:
- "derecho a tener el control y a decidir libre y responsablemente sobre su sexualidad, incluida la salud sexual y reproductiva" (Exposición de motivos, I)
- "La ley aborda la protección y garantía de los derechos relativos a la salud sexual y reproductiva de manera integral" (Exposición de motivos, I)
- "la conciencia social mayoritaria que reconocía la relevancia de los derechos de las mujeres en relación con la maternidad, despenalizó ciertos supuestos de aborto" (Exposición de motivos, II)
- "La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, en su Resolución 1607/2008, de 16 abril, reafirmó el derecho de todo ser humano, y en particular de las mujeres, al respeto de su integridad física y a la libre disposición de su cuerpo y en ese contexto, a que la decisión última de recurrir o no a un aborto corresponda a la mujer interesada" (Exposición de motivos, II)
- "La vida prenatal es un bien jurídico merecedor de protección que el legislador debe hacer eficaz, sin ignorar que la forma en que tal garantía se configure e instrumente estará siempre intermediada por la garantía de los derechos fundamentales de la mujer embarazada" (Exposición de motivos, II)
- "La presente ley reconoce el derecho a la maternidad libremente decidida, que implica, entre otras cosas, que las mujeres puedan tomar la decisión inicial sobre su embarazo y que esa decisión, consciente y responsable, sea respetada. El legislador ha considerado razonable, de acuerdo con las indicaciones de las personas expertas y el análisis del derecho comparado, dejar un plazo de 14 semanas en el que se garantiza a las mujeres la posibilidad de tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción del embarazo, sin interferencia de terceros" (Exposición de motivos, II)
- "Objeto. Constituye el objeto de la presente ley orgánica garantizar los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, regular las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y establecer las correspondientes obligaciones de los poderes públicos" (Artículo 1)
- "En el ejercicio de sus derechos de libertad, intimidad y autonomía personal, todas las personas tienen derecho a adoptar libremente decisiones que afectan a su vida sexual y reproductiva sin más límites que los derivados del respeto a los derechos de las demás personas y al orden público garantizado por la Constitución y las Leyes"(Artículo 3.1)
- "Garantía de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. Se garantiza el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en las condiciones que se determinan en esta ley. Estas condiciones se interpretarán en el modo más favorable para la protección y eficacia de los derechos fundamentales de la mujer que solicita la intervención, en particular, su derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la vida, a la integridad física y moral, a la intimidad, a la libertad ideológica y a la no discriminación" (Artículo 12)
- "Garantía del acceso a la prestación. Los servicios públicos de salud, en el ámbito de sus respectivas competencias, aplicarán las medidas precisas para garantizar el derecho a la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo en los supuestos y con los requisitos establecidos en esta ley. Esta prestación estará incluida en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud"(Artículo 18)
Los cínicos tampoco sirven para el oficio de político. Cuando se apruebe definitivamente la ley de nada servirá decir: pues Bono decía que no es un derecho. Si la cosas no cambia, en unos años casi nadie se acordará de quien es Bono y la ley seguirá diciendo a gritos que es un derecho.
PS_ Merece la pena leer la réplica a Bono por parte de la presidenta del Parlamento Vasco
8 comentarios:
Usted no lleva razón. Si lee la última frase verá que el derecho lo es a una debida asistencia que garantice un aborto seguro. Eso es algo posterior al hecho de que pueda abortarse o no, en función de que se esté en uno de los supuestos.
Aparte de la última frase, hay muchas más. Además, la ministra Aído ha estado insistiendo en el derecho al aborto.
Desde luego en el texto que ha extraído no se ve alusión alguna a ese supuesto derecho al aborto. Quizás antes de tildar a nadie de cínico debería esforzarse un poco por demostrar lo que afirma.
Es evidente que toda la ley garantiza el ejercicio de un derecho a la eufemística Interrupción del embarazo.
La Exposición de motivos es clara
"La presente ley reconoce el derecho a la maternidad libremente decidida, que implica, entre otras cosas, que las mujeres puedan tomar la decisión inicial sobre su embarazo y que esa decisión, consciente y responsable, sea respetada" Y acto seguido interpreta una consecuencia de esa autonomía de la voluntad de la madre: "El legislador ha considerado razonable, de acuerdo con las indicaciones de las personas expertas y el análisis del derecho comparado, dejar un plazo de 14 semanas en el que se garantiza a las mujeres la posibilidad de tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción del embarazo, sin interferencia de terceros" O sea, derecho a interrumpir el embarazo. Más claro, agua.
Un blog lamentable. ¿Porque los católicos os creéis en el derecho de dirigir la vida de los demás? Católicos vivid como católicos y dejad tranquilo al vecino. No tenéis ningún derecho de decirle a nadie que tiene que hacer con su sexualidad o su vida privada. Toda religión es un negocio, dejaos ya de hipocresía. España es un país aconfecional y laico, afortunadamente.
Hay temas que defiendo razonadamente sin ampararme exclusivamente en la fe católica. Por ejemplo, el derecho a la vida. La fe católica me refuerza algo razonable.
Si la religión es un negocio, menuda ruina de gestores están hechos los creyentes. Hay negocios mejores que predicar, dar catequesis, vivr la caridad, defender honestamente algo que se considera verdad, dejar de ganar dinero con negocios inmaorales, etc...
Magnífico artículo, Santi, lo he enlazado; las críticas demuestran que has dado en el clavo, una vez más.
Demuestran también, estas críticas, a que catatonismo han llegado algunas mentes, que no quieren que haya quien defienda la vida y niegue el derecho de nadie a asesinar.
La selección de textos de la ley es irrefutable.
Gracias, Alberto
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