sábado, 8 de marzo de 2008

Los gays no quieren bodas: Matrimonio 2, Otras uniones, 665


Uno de los “nuevos derechos” de los que se enorgullece el gobierno es el Matrimonio homosexual. En este referéndum continuo que es la libertad que tienen los ciudadanos para hacer o no las cosas -buenas o malas-, ya tenemos los primeros resultados. El dato de los 4.000.000 de candidatos al matrimonio gay que según nuestra Vicepresidenta se beneficiarían de esa medida, es desmentido de forma clamorosa por la realidad: de momento, según datos oficiales sólo 11.176 han optado por el matrimonio. Los demás prefieren lo que había, uniones multicolor: parejas de hecho, contactos esporádicos, cambios frecuentes de pareja, y lo que se tercie. Todo menos casarse.

La conclusión es que las personas que se casan con alguien de su mismo sexo son una mínima excepción. En términos futbolísticos, el matrimonio pierde la Champions frente a las uniones. Comparando los que se casan con los que conviven o se relacionan, es como si el encuentro deportivo tuviera este marcador: Matrimonio gay 2, Otras uniones gays, 665. Un palizón para el Guiness. Y además de sufrir tan humillante derrota, hay sospechas de fraude de ley en el equipo matrimonial gay, por tener más jugadores extracomunitarios de los normales: si se suman los matrimonios mixtos y los celebrados entre dos extranjeros, suponen el 30,67% de los matrimonios homosexuales (más del doble que los heterosexuales). O sea, que si el matrimonio de conveniencia con inmigrantes ha aumentado, el coladero es proporcionalmente mayor en el matrimonio entre personas del mismo sexo. Son datos del INE.

Los gays no quieren bodas. Muchos sospechábamos que era un problema artificial de los que importan poco a los homosexuales españoles. Los datos lo confirman.

Publicado en Hispanidad y en Análisis Digital

11 comentarios:

Anónimo dijo...

Yo creo que casarse supone dar un gran paso adelante para la vida de una pareja. Supone formalizar una relación y, en principio, asumir que quieres pasar el resto de tu vida con esa persona. Por lo tanto no es una decisión que se toma a la ligera, antes has de conocer a tu pareja y asegurarte de que quieres dar ese paso. Noviazgo o vida en pareja son, digamos, pasos previos al de casarse.

Además, lo que importa es que si dos personas del mismo sexo QUIEREN casarse TIENEN DERECHO. Ahora pueden hacerlo.

Anónimo dijo...

Pero no lo entiendes. A esta gente poco le importa vuestro bienestar. Las órdenes las reciben desde el más allá, así es que el interés de las personas del más acá no importa demasiado.

Eso si, tienen una sabiduría depurada a lo largo de siglos para dorar la píldora. Pueden llegar a vender que los interesados en que los homosexuales no puedan casarse son los propios homosexuales. ¿Como habrían logrado creerse lo del uno y trino sin ese don?

Para que veas, ya tienes comentarios en tu página, jejeje

Santiago Chiva, Granada dijo...

Sobre los dos comentarios precedentes: en mi opinión, si el Derecho estuviera para regular los afectos, sería el caos. El Derecho debe regular lo mínimo: y lo hace con el matrimonio porque del hombre y la mujer suelen salir los hijos e hijas. Respecto al segundo, la fe corrobora lo que entiendo racionalmente. Millones de seres humanos no católicos piensan que el matrimonio es entre hombre y mujer.

Unknown dijo...

DESDE LUEGO, ES PREFERIBLE QUE LOS HOMOSEXUALES NO SE CASEN ENTRE SÍ, SINO QUE HAGAN COMO EL SR. RODRÍGUEZ DE LOS SANTOS: QUE SE CASEN CON UNA MUJER Y TENGAN CINCO NIÑOS, ASISTAN A LOS VIAJES DEL PAPA DE TURNO, SE NIEGUEN COMO CONCEJALES A CASAR A OTROS HOMOSEXUALES Y LUEGO SE VAYAN A LOCALES DE "AMBIENTE" A GASTARSE CASI DIEZ MILLONES DE PESETAS, DE DINERO PÚBLICO, EN DROGAS Y MUCHACHITOS.

Anónimo dijo...

Santiago el comentario tuyo deja mucho que desear ya que todas las parejas de hoy en dia no pueden tener hijo y cada vez son mas. Digo la reproduccion asistida que esta tan de moda y era penalizada por la iglesia. Y soy Observador.

Santiago Chiva, Granada dijo...

No tenemos derecho a a hacer todo lo que queremos. Un señor casado que quiere, además de a su mujer, a la vecina del 5º, no puede casarse con las dos; puede querer, pero no tiene derecho.

En cuanto al comentario de Miguel Ángel, que un señor tenga un comportamiento esquizofrénico no da la razón contra los que opinan de un modo y viven coherentemente.

Anónimo dijo...

Primero, aprovecho para agradecerte tus enriquecedores comentarios a algunos de los artículos publicados en mi blog. Me ha sido algo difícil sacar tiempo, pero aquí estoy.
Por lo que refiere a este artículo, me postulo en completo desacuerdo contigo. De hecho, no acabo de entender muy bien el símil futbolístico que propones. ¿Se trata de una competición?
Hablas de unos datos sobre potenciales matrimonios homesexuales no cumplidos o no efectuados. Vayamos por partes:
Aquí lo que se plantea es el derecho de todo individuo a hacer uso de su libertad, mientras con ello no dañe la libertad de cualquier otro (principio de libertad). Y, en este caso, ¿a quién daña o perjudica el hecho de que dos personas decidan libremente contraer matrimonio? ¿Por qué te opones a ello? Es más, ¿quién eres tú para decidir sobre la vida de otras personas si, como es el caso, sus decisiones no te atañen o afectan en lo más mínimo?
El caso es que, dando un paso más, lo que me parecía del todo incomprensible es que se diera de facto una legislación que coartara o incluso interviniera de modo tan nocivo sobre cuestiones de este índole, que como he expresado anteriormente, no creo competencia de legilación alguna. Las leyes deben versar sobre la preservación de la libertades.
Por otra parte, y entrando más al hilo de los comentarios, de las opiniones vertidas por tí al respecto, hablas de que el matrimonio es una institución en la que sólo tienen cabida uniones heterosexuales monogámicas.
A este respecto, y para ir aclarando cosas, me confieso poco defensor de esta institución, en cuanto el ámbito personal de los sentimientos afectivos me parece ajeno a las prácticas contractuales (el matrimonio no deja ser a efectos legales un contrato que ofrece ciertos beneficios fiscales), aunque, obviamente, considero inviolable el derecho de cada cual a contraer matrimonio con quien desee (claro está, si el deseo o voluntad son recíprocos). El caso es que, por una parte defiendes que "el derecho debe ser ajeno a toda relación afectiva", y eso es precisamente lo que representa la institución del matrimonio. Defiendes la institución y cargas contra sus pilares. Seguidamente, defiendes, de un modo contradictorio, que sí debe intervenir en cuestiones afectivas, en cuanto el proceso reproductor suele venir vinculado a éstas. ¿En qué quedamos? El caso es que si bien sí que coincido contigo en que el derecho debe velar por la libertad efectiva de cada cual a reproducirse si lo considera oportuno. Es decir, el derecho si debería intervenir, por ejemplo, a la hora de garantizar economicamente la viabilidad de un proyecto familiar, y esta situación está muy lejos de ser efectiva en nuestras "sociedades de derecho", pues mientras la Ley se entromete en cuestiones que sólo atañen a la libre voluntad afectiva de los individuos, se desentiende por completo a la hora de garantizar a esos mismos individuos la efectuación de su derecho a formar una familia, por ejemplo.
Siguiendo con el presente hilo discursivo, creo que a continuación das un paso más, y defiendes de un modo entremezclado y casi sucinto que el apelativo "enlace matrimonial" y el modelo de "familia", pertenecen por derecho propio a la Iglesia, y creo que también en esto te equivocas.
Modelos de familia los ha habido bien distintos a lo largo de la historia, y ninguno de ellos ha tornado disfuncional a sociedad alguna, como defienden algunos voceros de la Iglesia.
Por lo que refiere al vocablo "matrimonio", si bien su confusa etimología latina parece referir a la maternidad, en cuanto proceso puramente reproductivo, considero que, por una parte, en la actualidad el vocablo "maternidad" parece aludir principalmente a vínculos afectivos entre los distintos roles madre-hijo, y por otra, que las palabras ni son patrimonio de nadie, ni poseen referentes estancos. De hecho, si echamos la vista al orígen de cualquier término de nuestro lenguaje ordinario, raro es el que conserve significaciones originarias...
Para acabar, si bien es cierto que "no tenemos derecho a a hacer todo lo que queramos", cabe apuntar que precisamente, eso que no tenemos derecho a hacer es: "coartar la libertad del otro". Y eso, creo, es lo que curiosamente hacen todos aquellos que vuelven impracticable el derecho de cualesquiera individuos a contraer matrimonio libremente entre sí.
Un saludo.
P.D: Aunque sólo hubieran contraido matrimonio dos personas, o incluso ninguna, de lo que aquí se trata es de que tienen el derecho inviolable a hacerlo si así lo desean.

Anónimo dijo...

Fe de erratas:
Donde escribí "El caso es que si bien sí que coincido contigo en que el derecho...", quise decir "Sí que coincido contigo en que el derecho..."
Disculpad las reiteraciones estructurales, y alguna pequeña errata que pueda aparecer por ahí. Escribir con prisas es lo que tiene.
Un saludo.

Santiago Chiva, Granada dijo...

Gracias, Roig i Negre. Lo del símil futbolístico tiene sus limitaciones. El fondo de lo que defiendo es que no todo lo que se podría hacer libremente es factible en derecho; si yo quiero libremente casarme con mi hermana, en Derecho no es posible; tampoco con mi mujer y su hermana, a la vez. ¿daña eso a la libertad de cualquier otro (principio de libertad)?. Yo no soy quien para decidir sobre la vida de otras personas. Pero si puedo proponer una legislación que favorezca positivamente la familia que da estabilidad a una sociedad porque eso sí me atañe.

Mi comentario es, no obstante, más de hecho que de derecho; en la práctica -igual que tú- muy pocas personas del mismo sexo querían el matrimonio: les va más bien la vida en pareja, sin papeles.

Los afectos son importantes, pero el Derecho se basa en lo objetivo; se basa por ejemplo en el dato científico de que hombre y mujer unido pueden tener hijos. Pero no se mete en la cama a ver que hacen.

Modelos de familia los ha habido bien distintos a lo largo de la historia, como dices, pero los que han dado hijos ( por tanto, han creado la sociedad) es el modelo hombre + mujer; y el derecho vela por la estabilidad de ese modelo en beneficio de los hijos, futuros ciudadanos.

Lo bueno de los blogs es que ejercitamos un poco la razón. Gracias

Anónimo dijo...

Primero, quisiera disculparme por los errores de forma del anterior comentario, pero com ya expliqué no gozaba de mucho tiempo y la lectura del articulo me indujo a dar una temprana respuesta. Aunque, eso sí, considero que las ideas expuestas son fácilmente comprensibles.
Hoy, con más tranquilidad afronto la respuesta a tu nuevo comentario.

a) Comienzas afirmando que "no todo lo que se podría hacer libremente es factible en derecho; si yo quiero libremente casarme con mi hermana, en Derecho no es posible; tampoco con mi mujer y su hermana, a la vez. ¿daña eso a la libertad de cualquier otro (principio de libertad)?"
En respuesta, sólo decirte que obviamente el derecho positivo en el Estado español, no posibilita que, por ejemplo, contraigamos matrimonio con nuestra hermana, o con dos hermanas simultáneamente. Pero lo cuestión es: ¿debe ser así? Y en respuesta, yo opino que no.
Como bien afirmas, el hecho de que por ejemplo, contrajera matrimonio con mi hermana partiendo de nuestra voluntad recíproca, no dañaría la libertad de nadie, pues es una decisión que sólo nos incumbe a nosotros mismos, y por ello el derecho positivo, en una situación así, debería mantenerse al margen.
Te recuerdo, como, a lo largo de la historia, en distintas sociedades se ha permitido con total normalidad el matrimonio entre hermanos. Tal es el caso, por ejemplo, de Cleopatra.
Igualmente se ha permitido entre personas con un vínculo digamos bilógico en línea ascendiente-descendiente. Tal es el caso, creo recordar, de la sociedad tibetana, entre otras.
Y me gustaría detenerme en este punto, porque quizás aquí hemos topado con un caso extremo que nos viene de perlas... Es el caso del "incesto".
Obviamente, que el incesto, conforme lo entendemos en nuestra sociedad (pues no en toda sociedad se concibe del mismo modo en cuanto a los parámetros que lo delimitan) es un acto que culturalmente rechazamos de raíz, y que incluso es considerado como un delito por el derecho positivo.
Pues, fíjate, si bien por la educación recibida siento ese "rechazo" a su práctica, no considero que en ningún caso deba estar penado por la ley, mientras, claro está, sea practicado por personas "mayores de edad", y de una forma plenamente voluntaria. De hecho, como ya he expresado anteriormente, es una práctica permitida, digamos, en distintos "formatos", a lo largo de la historia y en muy distintas sociedades (también occidentales).
Al hilo, cabe apuntar que desde la perspectiva reproductiva, base de toda tu argumentación, este tipo de relaciones únicamente predispone (no determina) a su descendencia a contraer cierto tipo de patologías, lo que no veo argumento legítimo alguno a la hora de penar la práctica, pues considero que pasaríamos a hablar de una práctica eugenésica. Es más, un sinfín de patologías son de transmisión genética, y no por ello se prohíbe, ni debe prohibirse, al "enfermo" tener descendencia.
Más fácil es tomar postura en el ejemplo que también proponias, a saber: contraer matrimonio simultáneamente con dos hermanas. A este respecto, sólo decirte que son más las sociedades que practican la poligamia que la monogamia. [Otro tema de debate sería que, lamentablemente, esa práctica poligámica, en muchos casos sólo les sea permitida a los hombres, es decir, que sólo sea permitida la poliginia]

b) A continuación hablas de "proponer una legislación que favorezca positivamente la familia que da estabilidad a una sociedad". A esto respondo: ¿a qué tipo de familia te refieres?, y ¿en base a que concluyes que ese tipo de familia da estabilidad o es el único capaz de dar estabilidad a la sociedad?
Como he expuesto anteriormente el modelo de familia es variable en las distintas sociedades.
Pero, vayamos por pasos:
-Por lo que refiere a la etimología del término familia, cabe anotar que su significación no fue otra que la referente al "conjunto de los esclavos y criados de una persona". Curioso, ¿verdad?
Pero, como ya expuse en el anterior comentario, raro es el término que mantiene su significación originaria. Y éste no deja de ser un ejemplo más.
Por lo que veo, tú vinculas en todo momento su significación al "proceso reproductivo", y desde luego ésta es, a mi entender, una significación simplista, y me atrevería a decir, hoy en día, casi doctrinaria. Si una pareja heterosexual no es fértil, ¿debemos descartarla como núcleo familiar? Si una pareja es homosexual, con hijos a su cargo(bien sean biológicos o adoptados), o no, ¿debe ser descartada como núcleo familiar? Si un grupo de personas es conformado por hombres y mujeres, o sólo por hombres, o sólo por mujeres, con hijos a su cargo o no, biológicos o adoptados ¿debe ser descartado axiomáticamente como núcleo familiar? La casusística podría seguir hasta el infinito.

-La familia como tal, su determinación, sí tiene que ver con los afectos, con las relaciones afectivas, con el cuidado mutuo, ..., cuestiones que en ningún momento dejan de ser objetivas, pues todo ello tiene su correlato fáctico. Incluso me atrevo a advertir en el modelo comprensivo que tú propones un reduccionismo derivado de la dialéctica dicotómica razón/sentimiento ó razón/afecto. Pero, es que acaso ¿el razonar no es una forma de sentir?, ¿el razonamiento no imlica afección?

-Pero veamos el contrapunto. Imagina que una pareja heterosexual con un hijo desea separase, que el hombre se desentiende de la mujer y del hijo biológico de ambos por completo, y que la mujer decide compartir su vida con otra mujer, compartiendo afectos, cuidados, y a su vez, la educación y el cuidado de su hijo. ¿A cuál reconocerías como núcleo familiar?, ¿al primero?, ¿al segundo?, ¿a ninguno?, ¿a ambos? Y, sobre todo, ¿por qué?
Creo que intentas esgrimir argumentos, pero acabas topándote con preceptos (religiosos).

-La familia no deja de ser una institución social, y por ello, los parámetros de su definición, de su comprensión, vendrán determinados por las voluntades de sus miembros. No es una institución invariable, evoluciona con la sociedad y depende de ella. Así, y tomando una direccionalidad argumentativa opuesta a la tuya, no propondría el precepto "una familia debe ser x ó es necesariamente x" y el derecho debe velar porque así sea, sino más bien estudiaría que modelo de familía defiende x sociedad, mediante el análisis de sus prácticas, su derecho, ..., para desde ahí concluir (ese es el discurrir argumentativo de la racionalidad científica)una determinación descriptiva "objetiva" de la sociedad en cuestión, para desde ella poder establecer la necesidad de ciertas transformaciones o no en lo que refiere, por ejemplo, al derecho positivo que la rige.

c)Centrándome ahora en la relación que estableces ente objetividad y derecho (a la que sucientamente ya me he referido), creo que: 1)confundes objetividad e inter-subjetividad condicionada (como he defendido al final del punto anterior), 2)el dato "objetivo" de la potencialidad reproductiva, no es condición suficiente ni necesaria a la hora de establecer directrices de derecho al respecto, en cuanto que el uso de nuevas tecnologías convierte en innecesarias las relaciones heteresoxuales en la reproducción, que la reproducción por sí misma no es correlato necesario de la práctica contractual del matrimonio ni de la institucionalización de la familia, etc...

d)Redundando en lo anterior, quiero referir ahora al párrafo en el que dices:
"Modelos de familia los ha habido bien distintos a lo largo de la historia, como dices, pero los que han dado hijos ( por tanto, han creado la sociedad) es el modelo hombre + mujer; y el derecho vela por la estabilidad de ese modelo en beneficio de los hijos, futuros ciudadanos."
Obviamente la sociedad se compone de individuos, y estrictamente éstos son el resultado biológico de la interacción óvulo-espermatozoide. Pero esto, y menos hoy en día, no justifica la institucionalizción unívoca del modelo familiar cristiano, monogámico y heterosexual, porque como ya he explicado el uso de ciertas técnicas vuelve innecesaria la "copulación", entre otras cosas. Del mismo modo, el proceso reproductor no está necesariamente vinculado a la formación de un núcleo familiar, y así, por ejemplo, un hombre y una mujer pueden mantener relaciones sexuales con la intención de reproducirse, pero sin la intención de establecer un núcleo familiar y a la inversa (sin la intención de reproducirse, pero con la intención de establecer un núcleo familiar), sin poner con ello en peligro la "estabilidad de la sociedad"
Para acabar, por lo que refiere al derecho, simplemente insistirte, que si bien es cierto que en nuestra sociedad el derecho tiende a imponer este modelo, por lo dicho, no lo veo justificado. Y cuando dices "el derecho debe...", no estás sino tratando de imponer tu modelo familiar de un modo ilegítimo, pues como he expuesto y repetido hasta la saciedad, el establecimiento de distintos modelos sólo depende de los individuos a los que atañe y en ningún caso de imperativo de derecho alguno. Pues, de lo contrario, siguiendo tu razonamiento, cualquier otra persona con criterios distintos a los tuyos, y tal vez más justificados racionalmente, también podría trata de imponer su modelo de familia como regulativo de derecho. Y entonces, ¿qué hacemos? Eso sí conduce inexorablemente a la inestabilidad...

P.D: En respuesta a tu agradecimiento sólo me resta darte las gracias a tí por haber creado este lugar de reflexión y debate.

Un saludo.

Anónimo dijo...

Roig i Negre es al menos medio coherente con su planteamiento anarquista cenetista, a las barricadas: se cargaría el matrimonio de raíz. Al menos no echa el rollo de ZP de abrir el matrimonio a todos y todas, sin discriminación de género (y de momento no de número y consanguinidad: todo llega)